viernes, 15 de abril de 2011

Leyes Antisemitas

Las Leyes de Núremberg (Nürnberger Gesetze en alemán) fueron una serie de leyes de carácter racial antisemitas en la Alemania nazi adoptadas por unanimidad el 15 de septiembre de 1935 durante el séptimo (congreso anual de NSDPA) (Reichsparteitag) celebrado en la ciudad de Nùrember, Alemania.
Las leyes de Núremberg fueron redactadas por el jurista y político Wilhelm Frick en su cargo de Ministro de Interior del Reich (1933-1943), bajo la anuencia de Adolf Hitler y Julius streicher como co-autor. Frick era un reconocido antisemita y redactó estas leyes que impedían que el colectivo Judio se relacionara racialmente con el pueblo alemán. Estas leyes raciales fueron el comienzo de la discriminacion  y persecución del colectivo judío en Alemania.
Dichas leyes no apuntaban a discriminar a la etnia semita debido a sus creencias religiosas propiamente tales (judaísmo); sino que tenían relación con la misma comunidad judía y su objetivo central era evitar implicancias raciales judías con el pueblo alemán.
Quien se encargó de difundir dichas leyes fue precisamente Julius Streicher , estrecho colaborador de Hitler, y su periódico Der Stürmer del cual era propietario, gracias a esta publicación, Streicher ayudó a concientizar a las masas alemanas que el judío era una lacra social insertada en el pueblo alemán y que debía ser extirpada como un tumor cancerigeno, tal como se explicaba en el libro de Hitler, Mein kampf.

Las leyes definían a un judío si presentaban las siguientes características:
  • Tener tres abuelos judíos y un abuelo alemán era considerado 100% judío.
  • Tener dos abuelos judíos y dos alemanes era considerado mestizo judio al 50%.
  • Tener un abuelo judío era considerado Mischlinge o mestizo al 25%.
  • Abrazar la religión judía sin ser judío de nacimiento era considerado judío al 100% (podían ser Testigos de Jehová, pastores católicos, feligreses de sinagogas etc
  • Casarse o mantener relaciones extramatrimoniales con una persona judía era considerado como prohibido y él o la contrayente alemán podía ser considerado como judío de primer grado, esto estaba penalizado con prisión.
  • Los judíos que se hubieran convertido al cristianismo (luteranos, católicos o protestantes) eran considerados de todos modos por su origen como judíos.
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